24) Ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones:
Hasta el 1 de enero de 2015, las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, con un periodo de generación inferior al año, tributaban en la base imponible general. A partir del ejercicio 2015, todas las ganancias patrimoniales que procedan de transmisiones se integran en la base imponible del ahorro, con independencia de su antigüedad.
Recomendaciones:
Es indiferente transmitir un elemento patrimonial ahora o esperar a que transcurra un año, como ocurría anteriormente, ya que en cualquier caso la ganancia tributará a los tipos de ahorro. No obstante, a partir de 2016, se podrá disfrutar de unos tipos de gravamen inferiores.




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