30 Ideas para pagar menos impuestos

22) Bienes en el extranjero no declarados:

La presentación fuera del plazo del Modelo 720, declaración de bienes en el extranjero lleva aparejada la consideración como ganancia no justificada de patrimonio de la tenencia, declaración fuera de plazo o adquisición de los bienes o derechos incluidos en el mismo.

No obstante, como excepción a esta norma, no se considerará que existe tal ganancia en dos casos: cuando el contribuyente acredite que la titularidad de los bienes o derechos se corresponde con rentas declaradas (demostrando que las declaró en este Impuesto o que regularizó las mismas aflorando bienes o derechos en la declaración tributaria especial, modelo 750), o cuando se corresponda con rentas de períodos impositivos en los que no era contribuyente por este Impuesto.

La Administración Tributaria interpreta que tiene que sancionar si el contribuyente que ha presentado fuera de plazo el modelo 720 no regulariza de manera espontánea tal ganancia patrimonial. Sin embargo, no puede imponer sanción si la regularización en el IRPF se realiza sin requerimiento previo.

Recomendaciones:

Considérese la posibilidad de evitar la correspondiente sanción en el IRPF, si se presentó el 720 fuera de plazo incorporando como ganancia de patrimonio no justificada el valor de dichos bienes y derechos al IRPF de 2012, presentando la correspondiente declaración complementaria. No obstante, tanto las sanciones como la no prescripción establecida en la ley se están cuestionando por la Comisión Europea, por lo que la estrategia a seguir pudiera ser recurrir las liquidaciones que se efectúen y, si se presenta complementaria, solicitar la rectificación de la misma.

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