20) Coeficientes de abatimiento de ganancias de patrimonio:
A partir de 2015, se estableció una cuantía máxima del valor de transmisión de 400.000.-€ para poder aplicarse esos coeficiente. A tal efecto, se tendrá en consideración no sólo el valor de transmisión correspondientes a todas las transmisiones a cuyas ganancias patrimoniales les hubieren resultado de aplicación los coeficientes de abatimiento, realizadas desde el 1 de enero de 2015 hasta el momento de la transmisión de que se trate.
Recomendaciones:
Si está pensando en transmitir un elemento patrimonial, y alguno de los que integran el patrimonio tiene derecho a aplicar los coeficientes de abatimiento, puede interesar transmitirlo y tributar sólo por plusvalía reducida.
Si se va a transmitir un elemento adquirido en 1995 y se tienen otros en la misma circunstancia, conviene analizar si interesará reducir la plusvalía, porque si ésta es pequeña, como el límite del importe de estas transmisiones es de 400.000.-€, podría ser más conveniente no reducirla y dejar límite para reducir una posterior.




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