18) Rendimiento neto de las actividades económicas:
El rendimiento neto de las actividades económicas se determina según las normas del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de las reglas especiales contempladas en la normativa del IRPF.
Recomendaciones:
En el medio de estimación directa simplificada se permite deducir, en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, el 5% de la diferencia de ingreso menos otros gastos y, en 2016, se le pone un límite absoluto de 2.000.-€.
Si pretende satisfacer, antes de que acabe el año, atenciones a clientes y proveedores, tenga en cuenta que solo podrá deducir por ello, como máximo, un importe anual del 1% del importe neto de la cifra de negocios.
Si un ente público le adeuda una cantidad, y se prevé que no pagará en un plazo razonable, lo recomendable es iniciar un procedimiento arbitral o judicial sobre la existencia o cuantía del crédito y, si es así, podrá deducir el deterioro del crédito.




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