30 Ideas para pagar menos impuestos

5) Dividendos:

Desaparece la exención por los primeros 1.500.-€ de dividendos percibidos por el contribuyente.

Recomendaciones:

A partir del ejercicio 2015, deben imputarse en la base imponible  del ahorro la totalidad de los rendimientos percibidos en concepto de dividendos.

Por lo tanto, si puede optar entre que le reconozcan un dividendo en los primeros días de 2016, será más interesante fiscalmente lo último, porque en ese caso lo integrará en  el IRPF que se presente a mediados de 2017 y, además, podrá beneficiarse de la escala del ahorro para el 2016, que se reduce en medio punto porcentual en cada tramo.

 

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