Un 60% de toda la población cree que nuestro Estado de Derecho está en peor situación que en el conjunto de los países más avanzados; en 2005 daba esa respuesta solo un 38%.
- Un 53% de encuestados creen que la Administración de Justicia funciona mal y el 80% que está no está bien organizada.
- La Abogacía vuelve a quedar en primer lugar entre las instituciones Jurídicas sometidas a evaluación pública.
UNA REFORMA INMEDIATA y a fondo que mejoren el funcionamiento de la Justicia y un Pacto de Estado que evite que ésta tenga intromisiones externas. Esta es la principal petición que realizan los ciudadanos españoles a los políticos según los datos extraídos del Barómetro Externo realizado por Metroscopia y encargado por el Consejo General de la Abogacía.
Según los datos, los ciudadanos creen que la Administración de Justicia española funciona, en conjunto mal: lo dice un 53% de los españoles, frente a un 32% que considera en cambio que funciona bien. Este mayoritariamente negativo diagnóstico ciudadano se fundamenta en las percepciones básicas siguientes:
- El lenguaje y los procedimientos de la Justicia son excesivamente complicados y difíciles de entender para el ciudadano medio: lo dice el 82%
- En general, la Justicia sigue sin estar organizada y sin funcionar como cabría esperar en una sociedad moderna y avanzada: lo indica el 80%
- Con los medios de que ahora dispone y con su actual forma de funcionar nuestra Justicia no puede contribuir tan eficaz y rápidamente como debería a investigar y castigar los casos de corrupción: lo piensa el 77%
- En muchas ocasiones no sirve de nada ganar un pleito pues en la práctica la sentencia es papel mojado ya que o no se cumple, o se cumple tarde y mal: lo cree el 73%
Al mismo tiempo, y no sin cierta paradoja, una amplia mayoría ciudadana considera que:
- Con todos sus defectos e imperfecciones, nuestra Administración de Justicia constituye la garantía última de defensa de la democracia y de las libertades: lo piensa un llamativo 71%
- Los jueces españoles son tan buenos como los de cualquier otro país de la Unión Europea: lo afirma el 69% (diez puntos más, por cierto, que en 2011)
- En general, los jueces suelen ser imparciales, es decir, no están predispuestos, de entrada, a favor o en contra de ninguna de las partes implicadas: lo dice el 50% (frente a un 42% que expresa la opinión opuesta)
- De todo este conjunto de datos, cabe extraer, una vez más, el mismo diagnóstico global de situación apuntado ya en Informes anteriores: “Buenos jueces, mala Justicia”. ¿Qué fundamenta esta —en el fondo descorazonadora— sensación predominante entre la ciudadanía? Sondeo tras sondeo, una masiva proporción de españoles
(81% en el estudio actual) llevan expresando una misma amarga conclusión: todos los gobiernos, del color que sean, han tenido más interés por controlar a la Justicia que por dotarla de los medios suficientes para que pueda funcionar mejor. De ahí, sin duda, la doble conclusión (y, a la vez, petición) urgente que de forma prácticamente unánime expresa la ciudadanía:
Una reforma inmediata y a fondo de la Justicia de modo que asuntos especialmente graves o importantes y que causan gran alarma social no tarden años en tramitarse y resolverse: lo dice el 94%.
Un inaplazable pacto de Estado sobre la Justicia que la blinde de forma clara y creíble frente a influencias o intromisiones de carácter político: lo pide el 90%.
La imagen del CGPJ no es mucho mejor: nueve de cada diez españoles dicen en el momento actual que tal y como ahora está organizado y funciona
LEYES ORGÁNICAS EN MATERIA DE JUSTICIA DE LA X LEGISLATURA
2012:
- LO 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2013:
- LO 1/2013, de 11 de abril, sobre el proceso de renovación del CGPJ, por la que se suspende la vigencia del artículo 112 y parcialmente del 114 de la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- LO 4/2013, de 28 de junio, de reforma del CGPJ, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2014:
- LO 3/2014, de 18 de junio, por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón.
- LO 4/2014, de 11 de julio, complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- LO 5/2014, de 17 de septiembre, por la que se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra y al crimen de agresión, hechas en Kampala el 10 y 11 de junio de 2010.
- LO 6/2014, de 29 de octubre, complementaria de la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2015:
- LO 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- LO 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.
- LO 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
- LO 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la LECRIM y la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales.
- LO 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- LO 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
- LO 10/2015, de 10 de septiembre, por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.
- LO 11/2015, de 21 de septiembre, para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo.
- LO 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la LECRIM para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.
- LO 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.
- LO 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la LO 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho.
- LO 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España.
necesita una reforma urgente y profunda; ocho de cada diez creen que decide sobre cargos y nombramientos de jueces más por criterios políticos que en función de factores exclusivamente técnicos y profesionales; y seis de cada diez consideran que no cumple adecuadamente su función de defender la independencia judicial.
SITUACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO: GRAVE EROSIÓN DE SU IMAGEN
Cabe pensar que, de algún modo, la sensación que la ciudadanía pueda tener sobre cómo funciona, en líneas generales, el Estado de Derecho en nuestro país tenga como referente más un utópico ideal absoluto que una consideración realista y pragmática de lo posible. Para mitigar en lo posible este riesgo, la pregunta referida a este tema se ha planteado, como en ocasiones anteriores, en términos comparados: lo que se solicita a las personas entrevistadas es que indiquen si en conjunto, la situación del Estado de Derecho es en España igual, mejor o peor que la existente en los países más avanzados. Los datos muestran como, a lo largo de los diez últimos años, se ha producido una llamativa y sin duda grave erosión en la imagen que la ciudadanía española tiene de su Estado de Derecho: en el momento actual, un 60% de toda la población cree que nuestro Estado de derecho está en peor situación que en el conjunto de los países más avanzados; en 2005 daba esta respuesta solamente un 38%.
IMAGEN DESTACADA DE LA ABOGACÍA FRENTE A OTRAS INSTITUCIONES
La Abogacía vuelve, una vez más, a ocupar un lugar claramente destacado en la clasificación de confianza institucional que establece la ciudadanía. Este dato resulta doblemente destacable:
Por un lado, en el contexto español, la Abogacía vuelve a quedar en primer lugar entre todas las instituciones jurídicas sometidas a evaluación pública, pese a la apreciable recuperación de imagen que, en comparación con 2011, experimentan jueces y tribunales.
Por otro lado, y desde una perspectiva comparada internacional, resulta sin duda llamativo el alto grado de confianza ciudadana en la Abogacía española. Por citar tan solo un caso especialmente relevante, en Estados Unidos la Abogacía goza de una elevada consideración social en base exclusivamente al alto nivel medio de honorarios que ha logrado consolidar, pero figura en los últimos lugares en el ranking de confianza ciudadana.
En períodos de crisis y dificultades (como ha sido el caso en España en los últimos ocho años) el tono vital colectivo declina y eso se traduce en un descenso del grado de confianza en las instituciones (en todas las instituciones). En cambio, cuando el estado de ánimo de la sociedad mejora tiende a hacerlo también la confianza ciudadana en las instituciones.
Si, entre 2008 y 2011, la confianza expresada por los españoles respecto de los grupos sociales e instituciones sometidos a evaluación tendió en conjunto a decrecer, entre 2011 y 2015 ha tendido en cambio a mejorar (en medida ciertamente desigual). Siguen ocupando los primeros lugares las instituciones que la ciudadanía percibe como “altruistas”: es decir, las que se asocian más directamente con la defensa del bien común.
En cambio, las instituciones y grupos sociales que se perciben como dedicados a la defensa o promoción de intereses sectoriales, tienden en todas partes a ocupar los últimos lugares del ranking: es el caso de políticos, partidos políticos, Bancos, obispos, sindicatos y Gobierno.
Por lo que hace a los abogados, la capacidad que demuestran, año tras año, de mantenerse en un confortable lugar medio-alto del ranking general indica que su positiva consideración social no es coyuntural sino estable y consolidada. Los españoles parecen concluir más bien que, mediante la total entrega a la defensa de sus representados, los abogados realizan una contribución a la justicia: es decir, llevan a cabo una función de interés público.
GRADO DE SATISFACCIÓN CON LOS SERVICIOS DE LOS ABOGADOS: ALTA PUNTUACIÓN EN ATENCIÓN, TRATO Y PREPARACIÓN
Entre quienes alguna vez han acudido al despacho de un abogado (el 56% de la población total española), el grado de satisfacción con los servicios profesionales recibidos sigue manteniéndose a un nivel muy elevado. La satisfacción de conjunto es puntuada con un 7.0, destacando de modo especial la atención y el trato recibidos (que merecen una nota media de 7.9), así como la preparación técnica del abogado y su interés por el asunto encomendado (puntuados con un 7.3 y un 7.2, respectivamente). Incluso el importe de los honorarios cobrados merece una evaluación positiva (6.5). Algo que queda confirmado por el hecho de que el resultado conseguido sea evaluado con un asimismo sustancial 6.6.
GRADO DE EXPERIENCIA CON EL MUNDO JURÍDICO: SE MANTIENE LA TENDENCIA
En el momento actual representan ya un 56% los españoles que dicen haber acudido al despacho de un abogado para consultar algún problema de tipo jurídico: el porcentaje más alto jamás registrado, superior en 33 puntos al que se registraba en 1978. La utilización de los servicios
de los abogados tiende a ser similar en todos los sectores sociales. Este dato invita a concluir que la consolidación del actual sistema de Justicia Gratuita parece estar logrando que nadie que pueda necesitar asistencia jurídica se ve impedido de conseguirla por falta de medios económicos.
LEY DE TASAS: INDEFENSIÓN Y JUSTICIA A DOS VELOCIDADES
Los españoles conceden —aunque no de forma masiva: 55%— que la introducción de tasas en la Justicia pueda tener como efecto desanimar a quienes solo recurren a los tribunales para dilatar sus casos. Pero de lo que no parecen tener duda es que, a cambio, muchas personas han tenido que renunciar a defender sus derechos ante un juez, con la consiguiente indefensión (lo piensa el 85%), lo que ha dado lugar a una justicia de ricos y otra de pobres (lo dice el 84%). Adicionalmente, un 60% cree que las tasas no han servido para mejorar la dotación económica de la Justicia gratuita.
Revista del Consejo Generlas de la Abogacía "ABOGADOS" Nº94.





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